Cuando en derecho marítimo se habla de abanderar una embarcación, esto viene a significar que aparte de otorgarle la condición de embarcación nacional y así poder usar la bandera del país otorgante, la embarcación gozará también de la protección que le otorga ese determinado país. En España se pueden diferenciar dos tipos de procedimiento de […]
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La Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) y la Agencia Estatal Tributaria, reconocen la posibilidad de abanderar un barco de recreo español en cualquier país de la Comunidad Europea, conservándolo en aguas españolas y a nombre del mismo propietario, siempre y cuando el interesado en dicho abanderamiento haya satisfecho sus deudas tributarias, esto es, […]