Modificación de las medidas aprobadas en el ámbito de la vivienda para regular la suspensión de los lanzamientos y desahucios durante el Estado de Alarma

No ha transcurrido ni siquiera un mes desde la entrada en vigor el RDL 37/2020, (para conocer su contenido puede consultarse nuestra nota), y el BOE del 20 de enero de 2021, ha publicado el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, que en su Disposición Final Primera modifica, entre otros preceptos, el artículo 1 bis del citado RDL 37/2020.

Dicha modificación, de las medidas aprobadas en el ámbito de la vivienda, tiene por objeto regular la suspensión de los lanzamientos y desahucios, durante el Estado de Alarma, incluso en aquellos supuestos en que tales lanzamientos traigan causa de un procedimiento penal.

Además, el RDL 1/2021 modifica la redacción de las letras b) y c) del apartado 7 del propio artículo 1 bis, el cual establecía determinadas excepciones para la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamiento.

A partir del 20 de enero de 2021, el contenido del precepto será el siguiente:

  • – En la letra b) incluye el acceso en las viviendas propiedad de personas físicas, mientras que antes sólo se mencionaba a las personas jurídicas que tengan cedido por cualquier título válido en derecho a una persona física que tuviera en él su domicilio habitual o segunda residencia debidamente acreditada.
  • -En la letra c) se elimina la excepción de cuando la entrada o permanencia en el inmueble sea consecuencia de delito y se exige que dicho delito se haya producido mediando intimidación o violencia sobre las personas, eliminando el delito de usurpación regulado en el artículo 245.2 del CP, y el más habitual.

En definitiva, este RDL da un paso más allá hacia a la normalización y protección jurídica de la ocupación ilegal de viviendas.

Si estás interesado/a en saber más sobre la modificación de las medidas aprobadas en el ámbito de la vivienda para regular la suspensión de los lanzamientos y desahucios durante el Estado de Alarma, en Fabregat Perulles Sales podemos asesorarte. Contacta con nosotros aquí.

“Este documento tiene como propósito exclusivo la divulgación de su contenido. No constituye asesoramiento de ningún tipo y, por tanto, no puede considerarse como tal ni debe servir de base para la toma de decisiones.”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *