El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad, promovido por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, en contra de los artículos 2, 3.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1, 16.2 y 18 y disposiciones adicionales primera y cuarta de la Ley de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda.
En definitiva, el contenido de los preceptos afectados por el recurso promovido por el Grupo Popular versan sobre:
- – Los requisitos establecidos para la declaración de áreas con mercado de vivienda tenso.
- – Las entidades competentes para la declaración de áreas con mercado de vivienda tenso.
- – La determinación de la renta inicial del alquiler.
- – La determinación del precio de referencia.
- – Las infracciones leves y graves en materia de contención de renta.
- – La obligación de realojo de las personas vulnerables.
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