Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

El pasado 11 de marzo, ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, de fecha 5 de marzo de 2019, en la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital.

Su entrada en vigor tuvo lugar el anterior 12 de marzo, no obstante, será de aplicación a las cuentas anuales de las sociedades de capital para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2020.
La precitada resolución, junto con la Ley 16/2007 de 4 de julio de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, tiene como principal objeto armonizar las normas contables españolas a las normas comunitarias de contabilidad ya existentes (Reglamento (CE) nº 1126/2008 de la Comisión de 3 de noviembre de 2008, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) Nº 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo), debido a un gran impacto contable de las figuras recogidas tanto en el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital como en la Ley 3/2009, de 3 de abril, relativa a las modificaciones estructurales sufridas en las sociedades.
Es por ello que, la citada resolución, indica como clasificar y plasmar en las cuentas anuales de las sociedades de capital, a las que les es aplicable el Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, los siguientes aspectos: aportaciones sociales, operaciones con acciones y participaciones propias, aplicación del resultado, aumento y reducción del capital, reparto de la prima de emisión, emisión de obligaciones, disolución y liquidación, modificaciones estructurales y cambio de domicilio, etc.

La resolución objeto de este análisis no solo armoniza la regulación contable española a las normas comunitarias, sino que proporciona mayor seguridad jurídica en materia de contabilidad.

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