Ley para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico social

La Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, se publicó el pasado 1 de marzo de 2014 en el Boletín Oficial del Estado, dando así por cumplimentada la tramitación parlamentaria del Real Decreto-Ley 11/2013 de 2 de agosto.

Se trata de una norma que introduce reformas tanto en el ámbito laboral, como en el de infraestructuras y transporte, vivienda, impuesto de sociedades y Entidades Locales.

Destacan las modificaciones introducidas en materia de protección social del trabajo a tiempo parcial y en materia de empleo y protección por desempleo.

Se refuerza la igualdad entre los derechos (v. proporcionalidad en el acceso a las prestaciones, pensiones y subsidios) y obligaciones de los trabajadores a tiempo parcial, respecto de los trabajadores a tiempo completo.

Asimismo, se establece que para percibir y conservar la prestación y el subsidio por desempleo, los beneficiarios deben estar inscritos y mantener dicha inscripción a través de la renovación de la demanda de empleo. Por otro lado, la estancia en el extranjero hasta un período de 90 días, o el traslado de residencia al extranjero por período inferior a doce meses para la búsqueda o realización de trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, serán supuestos de suspensión de la prestación por desempleo.

Por último, interesa destacar el establecimiento de la Garantía Juvenil, programa impulsado por la Unión Europea, que pretende garantizar que todos los menores de 25 años trabajen, estudien o sigan un plan de formación, cuando hayan transcurrido como máximo cuatro meses desde que acabaron sus estudios. A tal efecto, el Ministerio de Empleo ha confirmado que en el primer trimestre de 2014 se prevé la materialización de las transformaciones necesarias para su correcta aplicación en todo el territorio.

 

 

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