Date: 21 November, 2017

Categories: Commercial Law Español European Union Jurisprudence

Compensación en vuelos con escalas

La Sala 8ª del Tribunal de Justicia Unión Europea (TJUE) dictó Sentencia en el asunto 559/16, de 7 de septiembre, en la cual se establece la indemnización o compensación que deben recibir los pasajeros de vuelos con escalas.

Concluye, que el Reglamento nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, debe interpretarse en el sentido que los pasajeros deberán ser tratados de igual modo, con normas comunes,  independientemente si viajan en vuelos de conexión o directos.

El motivo de dicha conclusión es que la naturaleza del vuelo no afecta a la intensidad de la molestia sufrida por los pasajeros, por lo que no cabrá una compensación mayor a pesar de que la distancia efectivamente recorrida sea superior a la que realiza un vuelo directo.

En consecuencia, el importe de la compensación debe calcularse desde origen a destino, y por tanto, de conformidad con la distancia que recorrería un vuelo directo entre el aeropuerto de salida y el aeropuerto de llegada.

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