El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado, en fecha 17 de marzo de 2020, un Decreto mediante el que:
- DECLARA LA SUSPENSIÓN de los plazos de ejecución de las obras de promoción privada establecidas en los títulos habilitantes municipales de cualquier tipo (licencia, comunicados diferidos o inmediatos, assabentats) durante el período de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se puedan adoptar.
- ADVIERTE a los promotores de obras, instalaciones y construcciones que se estén llevando a cabo en el término municipal de Barcelona que, si se dispone de trabajadores ejecutando las obras y no se pueden garantizar las medidas de seguridad aprobadas por la OMS, las autoridades sanitarias estatales y autonómicas y la Agencia de Salud Pública de Barcelona, la obligación de suspenderlas inmediatamente.
Esta advertencia comprende tanto las obras mayores como las menores.
- RECOMIENDA la suspensión de todas las obras de promoción privada que comporte desplazamientos por la vía pública.
- Excluye del ámbito de aplicación del Decreto las actuaciones que deban llevarse a cabo durante la vigencia del Real Decreto 463/2020 (esto es, 15 días a partir del 14 de marzo) cuando estén justificadas para garantizar la seguridad de las personas.
El Decreto parece permitir por tanto, la consecución de las obras amparadas en órdenes de ejecución cuyo cumplimiento resulte ineludible durante el período arriba indicado y siempre en aras a garantizar la seguridad de las personas (no así de las edificaciones, si ello no implica riesgo para las personas).
El Decreto de Alcaldía ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de 18.03.2020.