Las modificaciones del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (en adelante, el “TRLSC”), introducidas por la Ley, la cual entró en vigor el pasado día 24 de diciembre de 2014, pueden agruparse principalmente en dos categorías: las que se refieren a la junta general de accionistas y las que tienen que ver con el consejo de administración.
1. Junta general de accionistas
Se pretende, con carácter general, reforzar su papel y abrir cauces para fomentar la participación accionarial.
a) Régimen general
Ampliación de competencias de la junta: i) reserva a su aprobación las operaciones societarias que por su relevancia tienen efectos similares a las modificaciones estructurales (entre ellas la venta de activos cuyo valor supere el 25% del valor total de los activos de la compañía), ii) garantiza que los accionistas se pronuncien de forma separada sobre el nombramiento, la reelección o la separación de administradores y las modificaciones estatutarias, y que puedan emitir de forma diferenciada su voto.
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