Site icon International Lawyers

Medidas extraordinarias para personas jurídicas de derecho privado -COVID19

El Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, adopta una serie de medidas que abarcan muchos y diferentes ámbitos de la actividad empresarial. En sus artículos 40 y siguientes, dicho Real-Decreto-Ley establece una serie de medidas para las Personas Jurídicas de Derecho Privado, aplicables los asientos registrales y la solicitud de concurso.

Resumimos a continuación las principales medidas adoptadas relacionadas con las medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado:

Asimismo, el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, establece medidas extraordinarias aplicables al funcionamiento de los órganos de gobierno de las sociedades anónimas cotizadas estableciendo lo siguiente:

Dicho Real Decreto-Ley, también establece la suspensión del plazo de caducidad de los asientos del registro durante la vigencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Y por último, en cuanto a las medidas extraordinarias y urgentes de índole societario, el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, establece la interrupción del plazo fijado en la Ley Concursal para que el deudor que se encuentre en estado de insolvencia, no tenga el deber de solicitar la declaración de concurso.

 

Share This:

Medidas extraordinarias para personas jurídicas de derecho privado -COVID19 was last modified: March 27th, 2020 by Victor
Exit mobile version